- Diputados aprobó la reforma de la Ley de Glaciares, que da más poder a las provincias y redefine las áreas protegidas para la actividad minera.
- La modificación de la ley 26.639 limita la protección a zonas con función hídrica efectiva.

Como informó DIARIO CALCHAQUI – vivo directo- desde la Cámara de Diputados se aprobó durante la madrugada de este jueves la reforma de la Ley de Glaciares, una norma clave para los cuerpos de hielo y del ambiente periglaciar en la Argentina.

El cambio fue impulsado por el Gobierno y reclamado por gobernadores de provincias con interés en el desarrollo minero.
La votación terminó con 137 votos a favor, 111 en contra y 3 abstenciones, y aprobó una modificación de la ley 26.639 que redefine las áreas protegidas y las zonas habilitadas para la explotación minera.

Qué es la Ley de Glaciares
La Ley de Glaciares, sancionada originalmente en 2010 como ley 26.639, fijó presupuestos para preservar glaciares y ambiente periglaciar. La norma fue creada para proteger esas áreas por su importancia para el consumo humano, la recarga de cuencas hidrográficas, la biodiversidad, la investigación científica y el turismo.

Las claves de la reforma qué se aprobó en Diputados
1. La protección deja de ser tan amplia como en la ley original
El cambio central es que la protección estricta deja de abarcar de manera amplia a glaciares y ambiente periglaciar y pasa a concentrarse en aquellas formaciones que tengan una función hídrica efectiva y en zonas con suelos congelados que funcionen como reguladores hídricos comprobables.
2. Las provincias ganan más poder
Uno de los puntos centrales de la reforma es que los gobernadores tendrán la facultad para determinar si las zonas destinadas a la explotación minera aportan al recurso hídrico. Ese cambio fue reclamado por provincias con mayor interés en el desarrollo minero.
3. Se habilita un nuevo criterio para la minería en zonas periglaciares
Con la reforma, se autoriza a las provincias a realizar actividades mineras e hidrocarburíferas en zonas periglaciares que no sean proveedoras de agua para la recarga de cuencas hidrográficas. Allí aparece uno de los puntos más sensibles de la discusión.
4. En las áreas protegidas, las prohibiciones siguen
En las áreas identificadas se mantienen prohibidas la exploración y explotación minera e hidrocarburífera, la instalación de industrias u obras industriales, la dispersión de contaminantes y la construcción de obras, salvo para investigación científica o prevención de riesgos.
5. El IANIGLA seguirá a cargo del inventario
La reforma modifica el Inventario Nacional de Glaciares, que identifica y registra todos los glaciares y geoformas periglaciares. La tarea seguirá a cargo del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales, el IANIGLA, que deberá actualizarlo al menos cada cinco años con datos sobre ubicación, superficie y estado de conservación.
El informe se elaborará con información que aporten las provincias.
6. La evaluación ambiental pasa a ser clave
La nueva ley establece que las actividades proyectadas en glaciares y ambiente periglaciar deberán someterse a Evaluación de Impacto Ambiental.
Además, las provincias serán las encargadas de determinar qué actividades impliquen una “alteración relevante”. La reforma también incorpora el principio precautorio.

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Ley de Glaciares en Diputados: la reforma da más poder a las provincias para definir áreas alcanzadas por la protección.







